Ventajas de la compraventa de sociedades
SOCIETALIS, gracias a su permanente constitución de empresas, ofrece la posibilidad de la compra rápida de sociedades ya constituidas, ahorrando a sus clientes unos plazos de hasta 50 días, que son necesarios, y que son necesarios para realizar todos los trámites imprescindibles para su plena constitución.
SOCIETALIS le ahorra todos estos trámites y le facilita la sociedad debidamente legalizada y en disposición de comenzar a operar de forma inmediata a la firma de la escritura de compraventa de participaciones sociales.
La constitución de una sociedad partiendo de cero, requiere una serie de desembolsos parciales y continuos en forma de provisiones de fondos, pagos de tasas, honorarios de los profesionales que intervengan en el proceso (abogado o gestoría, notario, etc.). Con SOCIETALIS, indudablemente, ahorrará usted, además de su tiempo, dinero, ya que al estar centralizado todo el procedimiento y, dado el nuestro elevado volumen de operaciones, nos permite ofrecer unas tarifas realmente competitivas. Además, mediante la compra de participaciones, se evita el desembolso del capital social que requiere la constitución de una nueva sociedad, puesto que el mismo ya ha sido desembolsado en el momento de constituir la sociedad objeto de la compraventa.
Podrá usted realizar las modificaciones pertinentes para adaptar los estatutos sociales a sus necesidades en el mismo acto de la firma de la escritura de compraventa de participaciones de la sociedad.
SOCIETALIS garantiza la confidencialidad de toda la información proporcionada por nuestros clientes, ya que es tratada bajo la tutela del secreto profesional al que nuestros abogados y demás profesionales integrantes de SOCIETALIS están sujetos por pura deontología profesional. Por otra parte, dado que la compraventa de participaciones de una sociedad es un acto no inscribible en el Registro Mercantil, queda garantizada la confidencialidad de los socios compradores.
Con SOCIETALIS también tendrá usted la seguridad de que la sociedad adquirida está totalmente exenta de cargas, deudas u otras responsabilidades, lo que viene avalado por la entrega, en el acto de la firma de la compraventa, de un certificado acreditativo de que la sociedad ya constituida y objeto de la compraventa, no ha desarrollado ninguna actividad de negocio salvo la estrictamente necesaria para su creación.